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Testamentos y Últimas Voluntades en Eslovenia

En Eslovenia, la Ley de Sucesiones (Zakon o dedovanju - ZD) garantiza que cualquier persona mayor de 15 años con plena capacidad de juicio pueda dictar el destino de su patrimonio mediante un testamento. No obstante, la validez de estas disposiciones depende estrictamente del cumplimiento de formalidades legales que varían según el tipo de instrumento elegido.

1. Tipologías de testamento en el Derecho esloveno

El ordenamiento jurídico esloveno reconoce diversas formas de otorgar testamento, adaptadas a las necesidades de seguridad y urgencia del testador:

  • Testamento ológrafo: escrito íntegramente de puño y letra del testador, firmado y fechado. No requiere testigos para su validez inicial.
  • Testamento ante testigos: documento firmado ante dos testigos no beneficiarios, que también firman para dar fe de la voluntad del testador.
  • Testamento notarial: otorgado ante notario público, quien garantiza la legalidad del contenido y custodia el documento.
  • Testamento judicial: redactado ante un juez en un tribunal de distrito con la presencia de testigos.
  • Testamento internacional: permite otorgar disposiciones conforme a estándares internacionales ante autoridades consulares o notario.
  • Testamento oral: excepcional, solo válido en peligro inminente de muerte y con dos testigos; pierde validez si no se formaliza por escrito en 30 días.

2. Registro Central de Testamentos (Centralni register oporok)

Eslovenia dispone de un registro central gestionado por la Cámara de Notarios para evitar la pérdida o destrucción de testamentos.

  • Inscripción obligatoria: testamentos notariales y judiciales se registran de oficio.
  • Inscripción voluntaria: los testamentos ológrafos o ante testigos pueden registrarse a solicitud del testador.
  • Costes aproximados (2025–2026):
    • Inscripción inicial: 41,00 EUR
    • Modificaciones o certificados: 23,00 EUR (sin IVA)

3. Estrategia para españoles: la professio iuris

Según el Reglamento (UE) 650/2012, la ley aplicable puede ser la del país de residencia habitual del fallecido, lo que puede implicar la aplicación del sistema esloveno y su legítima (nužni delež).

Incluir una cláusula de elección de ley nacional (professio iuris) permite que un ciudadano español:

  • Someta su sucesión a la ley española
  • Evite la aplicación automática del Derecho esloveno
  • Obtenga mayor flexibilidad en la distribución de bienes

4. Certificado Sucesorio Europeo (CSE)

El CSE actúa como un “pasaporte sucesorio” dentro de la Unión Europea.

Permite a los herederos:

  • Acreditar su condición ante bancos eslovenos (como NLB u OTP)
  • Inscribir bienes en el Registro de la Propiedad (Zemljiška knjiga)
  • Evitar procedimientos adicionales de reconocimiento judicial

5. Modernización y tendencias 2026

El sistema sucesorio esloveno continúa su digitalización progresiva:

  • Integración con plataformas judiciales electrónicas (e-Justice)
  • Consultas telemáticas del Registro Central de Testamentos
  • Mayor automatización en trámites sucesorios
  • Reducción de plazos administrativos en la adjudicación de herencias

6. Gestión profesional de herencias internacionales

La gestión de herencias entre España y Eslovenia requiere coordinación jurídica, fiscal y documental debido a la interacción de distintos sistemas legales.

Grupo Hereda está especializado exclusivamente en la gestión integral de herencias ya abiertas, ofreciendo:

  • Localización de herederos y bienes en el extranjero
  • Tramitación completa de herencias internacionales entre España y Eslovenia
  • Gestión de documentación, traducciones juradas y poderes notariales
  • Coordinación con notarios, bancos y registros en ambos países
  • Modelo de trabajo sin adelanto de costes (según viabilidad del caso)

📌 Importante: Grupo Hereda no redacta ni gestiona testamentos, sino que interviene en la tramitación y resolución de herencias una vez producida la sucesión.

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