¿Cómo gestionar una herencia en Dinamarca?
Gestionar una herencia internacional puede ser un proceso sumamente complejo, especialmente cuando se trata de sucesiones transfronterizas entre Dinamarca y España. Si eres residente en España y has recibido bienes en territorio danés, o viceversa, es fundamental conocer la normativa aplicable, ya que Dinamarca tiene un ecosistema jurídico particular y no aplica el Reglamento Europeo de Sucesiones 650/2012.
A continuación, te presentamos un artículo detallado y optimizado con todas las claves legales para tramitar una herencia en Dinamarca, los impuestos a pagar y los pasos procedimentales que debes seguir.
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Pasos para tramitar una herencia en Dinamarca
Paso 1: Obtención del certificado de defunción y últimas voluntades
El trámite inicial consiste en certificar legalmente el fallecimiento y verificar si el causante otorgó un testamento notarial, el cual queda resguardado e inscrito en el Registro Central de Testamentos de Dinamarca.
Paso 2: Intervención del Tribunal de Sucesiones (Skifteretten)
A diferencia de España, todo el procedimiento sucesorio danés es judicial y está tutelado por el Skifteretten (Tribunal de Sucesiones). Este tribunal contacta a los herederos, quienes deben consensuar si asumen la liquidación privada del patrimonio (si existe solvencia) o si el juez debe designar a un administrador profesional (Bobestyrer).
Paso 3: Emisión del Skifteretsattest y Apostilla de La Haya
Para que los herederos puedan liberar fondos de cuentas bancarias danesas o inscribir propiedades en el registro digital (Tinglysningsretten), el tribunal emite un documento esencial: el Skifteretsattest o Certificado de Herencia. Para utilizar este documento oficial ante notarios o bancos en España, debe contar obligatoriamente con la Apostilla de La Haya y una traducción jurada.
Paso 4: Pago del Impuesto de Sucesiones en Dinamarca (Boafgift)
Antes de la distribución de la masa hereditaria, se debe tributar ante la Agencia Tributaria Danesa (SKAT). El Boafgift se extrae directamente de la masa neta global del caudal relicto, aplicando los umbrales de exención vigentes.
Paso 5: Trámites fiscales en España (ISD y Modelo 720)
Los residentes fiscales en España tributan bajo obligación personal, por lo que deben liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) por los bienes radicados en Dinamarca, aplicando la pertinente deducción por doble imposición internacional. Adicionalmente, tendrán que informar a Hacienda sobre estos nuevos activos extranjeros presentando el Modelo 720.
Tabla de Documentación y Plazos
| Documento | Organismo Emisor | Plazo Estimado |
|---|---|---|
| Certificado de Defunción | Autoridades Locales | 3–10 días |
| Testamento Notarial | Registro de Testamentos | 1–3 semanas |
| Skifteretsattest | Tribunal (Skifteretten) | 2–6 semanas |
| Apostilla de La Haya | Ministerio de AA.EE. | 1–5 días |
| Inventario Final | Herederos / Administrador | 6–12 meses |
Preguntas Claves y Respuestas Frecuentes (FAQ)
¿Dinamarca reconoce el Certificado Sucesorio Europeo (CSE)?
No. Debido a su cláusula de exclusión (opt-out), Dinamarca no forma parte del Reglamento (UE) 650/2012, por lo que las autoridades e instituciones financieras danesas no otorgan validez al Certificado Sucesorio Europeo.
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones (Boafgift) en Dinamarca en 2026?
El sistema fiscal de SKAT establece que los cónyuges supérstites están completamente exentos (0%) del pago del impuesto. Para los descendientes directos (hijos y nietos), el tipo aplicable es del 15% calculado sobre la porción que exceda el umbral libre de impuestos, fijado para 2026 en 392.300 coronas danesas (DKK). Otros herederos colaterales y extraños se enfrentan a un tipo efectivo mucho más alto, sumando un 25% adicional tras aplicar el 15% inicial (aprox. 36,25%).
¿Debo pagar impuestos en España si heredo bienes en Dinamarca?
Sí. Los residentes en España (por ejemplo, en Madrid o Cataluña) tributan por su patrimonio mundial en el Impuesto sobre Sucesiones. No obstante, la normativa española incluye un mecanismo de mitigación: la deducción por doble imposición internacional. Esta permite deducir de la cuota en España la cantidad menor entre lo efectivamente pagado en Dinamarca y el tipo medio efectivo aplicado en España sobre esos bienes extranjeros.