Herencias en Extremadura
Extremadura ha mejorado progresivamente su regulación del Impuesto de Sucesiones, introduciendo bonificaciones para los familiares más cercanos que aligeran la carga fiscal de las herencias en línea directa.
Normativa aplicable
La regulación se basa en las disposiciones autonómicas de Extremadura en materia de tributos cedidos. Se aplica el derecho civil común (Código Civil).
Principales ventajas fiscales
- Bonificación del 99 % en la cuota para cónyuge, descendientes y ascendientes (Grupos I y II) tras las últimas reformas.
- Reducción por vivienda habitual: del 95 % del valor con requisito de mantenimiento.
- Reducción por empresa familiar: para la transmisión de empresas individuales y participaciones.
- Reducción por explotaciones agrarias: específica para el sector agrario, de gran relevancia en la comunidad.
Plazos y presentación
- Plazo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable por otros 6 meses.
- Presentación: ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública de Extremadura.
Particularidades a tener en cuenta
- Las explotaciones agrarias y las fincas rústicas tienen tratamiento fiscal específico.
- Las herencias entre colaterales y no parientes no se benefician de las bonificaciones del 99 %.
- La presencia de patrimonio rural y grandes fincas es habitual en las herencias extremeñas.
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