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Herencias en Norteamérica

Recibir la noticia de una herencia en el extranjero suele evocar imágenes cinematográficas de fortunas inesperadas. Sin embargo, cuando el patrimonio se encuentra en el bloque de Norteamérica Estados Unidos, Canadá o México, el "sueño americano" puede convertirse rápidamente en un laberinto fiscal y legal capaz de bloquear los bienes durante años o, en el peor de los casos, devorar gran parte de su valor.

En Grupo Hereda, expertos en genealogía sucesoria y derecho internacional, hemos gestionado numerosos expedientes transfronterizos en esta región. A continuación, desvelamos las trampas más comunes que esperan a los herederos internacionales en cada uno de estos tres países y por qué la gestión especializada es innegociable.

Países Destacados

1. Estados Unidos: La Trampa de los 60.000 Dólares

Si has heredado activos en EE. UU. (inmuebles en Miami, acciones en Wall Street o cuentas bancarias), debes saber que el Tío Sam tiene un trato muy diferente para sus ciudadanos que para los extranjeros.

Mientras que un ciudadano estadounidense puede heredar millones sin pagar impuestos federales (gracias a una exención millonaria que subirá a $15 millones en 2026), para un heredero no residente (Non-Resident Alien) la realidad es drástica:

  • La Exención Reducida: Solo los primeros $60,000 dólares de activos situados en EE. UU. están exentos.

  • El Impuesto Confiscatorio: Todo lo que supere esa cifra puede ser gravado con tasas que llegan al 40%.

  • El Bloqueo del "Transfer Certificate": Ningún banco o bróker estadounidense liberará los fondos a un heredero extranjero sin un Certificado de Transferencia (Form 5173) del IRS (Hacienda estadounidense), que certifica que se han pagado los impuestos. Conseguir este documento es un proceso burocrático que puede tardar meses o años si no se gestiona correctamente.

  • El consejo de Grupo Hereda: España no tiene tratado de impuesto de sucesiones con EE. UU., lo que eleva el riesgo de doble imposición. Es vital planificar la liquidación fiscal con expertos para evitar sanciones y desbloquear los fondos.

2. Canadá: La Herencia no se "Hereda", se "Vende"

  • Canadá es único: no tiene un "Impuesto de Sucesiones" per se. En su lugar, tienen la "Disposición Presunta" (Deemed Disposition).

Para el fisco canadiense, fallecer equivale a haber vendido todas tus propiedades un segundo antes de morir a precio de mercado. Esto dispara un impuesto sobre las Ganancias de Capital (plusvalías) que debe pagarse en la declaración final de impuestos del fallecido.

  • La Retención del 25%: Si eres un heredero no residente en Canadá, el ejecutor de la herencia (albacea) está obligado a retener el 25% de los activos antes de enviarte nada, hasta obtener un "Clearance Certificate" de la Agencia de Ingresos de Canadá (CRA).

  • El Riesgo Personal: Si el albacea distribuye la herencia sin este certificado, él responde personalmente por los impuestos impagados. Esto suele provocar que los albaceas canadienses congelen la herencia indefinidamente por miedo a equivocarse.

  • Solución: Gestionamos la obtención de certificados de conformidad (Section 116) para liberar los fondos retenidos y asegurar que la carga fiscal sea la justa, ni un dólar más.

3. México: La Carrera Contra el Reloj y la Beneficencia Pública

México comparte con España el sistema de Derecho Civil y la figura del Notario, lo que a priori parece más familiar. Sin embargo, el peligro aquí es el silencio administrativo y el olvido.

  • Cuentas Inactivas:* La Ley de Instituciones de Crédito mexicana (Art. 61) es implacable. Si una cuenta bancaria no tiene movimientos en 3 años, el dinero pasa a una cuenta global. Si pasan otros 3 años sin reclamarse, el dinero se entrega a la Beneficencia Pública o a la seguridad pública y se pierde para siempre.

  • El Reto de la Localización: A diferencia de EE. UU. o Canadá, donde existen buscadores públicos de "Unclaimed Property" (bienes no reclamados), en México el proceso es opaco y requiere trámites formales ante la CONDUSEF o litigios para recuperar lo que es tuyo.

  • El Impuesto Inmobiliario (ISAI): Aunque no hay impuesto federal de herencia, recibir una casa implica pagar el ISAI (Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles), que en ciudades como CDMX puede ser muy elevado y debe liquidarse al escriturar.

  • ¿Por qué gestionar esto solo es un error? Una herencia internacional no es solo un trámite; es un conflicto de leyes.

  • Choque de Sistemas: El Probate anglosajón (judicial) choca con la escritura notarial española. Validar un testamento español en Nueva York o uno canadiense en Madrid requiere procedimientos de Exequatur o Ancillary Probate que un abogado generalista no suele dominar.

  • Doble Tributación: Corres el riesgo de pagar impuestos en el país de origen y volver a pagarlos en España al recibir los fondos.

  • Distancia y Lenguaje: Negociar con el IRS, la CRA o un notario mexicano requiere dominio técnico y legal del idioma y la normativa local.

En Grupo Hereda, llevamos décadas uniendo familias con su patrimonio, sin importar dónde esté. Si tienes un familiar fallecido en Norteamérica o crees tener derechos sobre bienes en el extranjero, no dejes que la burocracia o el tiempo borren tu legado.

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