Testamento escrito a mano ¿Es válido?

Los testamentos escritos a mano son reconocidos jurídicamente como Testamento Ológrafo, y a pesar de lo que puedan pensar muchos es un testamento reconocido como válido ante la Ley

Los testamentos escritos a mano son reconocidos jurídicamente como Testamento Ológrafo, y a pesar de lo que puedan pensar muchos es un testamento reconocido como válido ante la Ley.

¿Qué es un testamento ológrafo?

Cuando una persona antes de fallecer escribe su voluntad de dejar sus cosas a través de su propio puño y letra estamos ante el llamado testamento ológrafo. Entre otras de las características principales de este tipo de testamento es que no está realizado ante notario, por lo que se trata de una forma de realización sin coste. Entre sus ventajas es que se trata de un testamento totalmente secreto y que se puede realizar en cualquier momento, aunque también hay que nombrar ciertos inconvenientes de este tipo de testamento, entre el que destacarán su dificultad para ser reconocido.

En Grupo Hereda tanto en el proceso de investigación como de tramitación, nos hemos encontrado con este tipo de documentos que, en algunas ocasiones ha sido de gran dificultad a la hora de ser admitido como documento para repartir y gestionar un patrimonio y bienes.

El testamento ológrafo es otra herramienta de sucesión y está recogida en El Código Civil Español, donde además de nombrar otros testamentos, dedica una parte importante a este tipo de documento y sus requisitos. El testamento ológrafo es el único medio por el cual, una persona, puede ordenar su última voluntad por sí sola, sin necesitar la intervención de nadie. 

¿Qué requisitos tiene que tener este tipo de documento para ser válido?

A esta modalidad testamentaria le son exigidas para su validez, ciertos aspectos formales para el momento de su otorgamiento, como la muerte de su autor, y la información mayor posible sobre la persona fallecida con el fin de comprobar su autenticidad.

Al ser el testador el que redacta sin ningún tipo de asesoramiento ni asistencia legal, en un gran porcentaje de ocasiones, no redacta el testamento de forma adecuada, no refiriéndonos solo en la forma sino que en muchas ocasiones desconoce la forma que se reparte una herencia, en la que no puede omitir a herederos forzosos, en su testamento de forma legal.

Además se deberán conocer ciertos trámites que están recogidos en el Código Civil. Estos trámites de los testamentos ológrafos son la apertura, adveración y protocolización del testamento, que regulan los artículos 688 a 693.

Este procedimiento de protocolización del testamento ológrafo tendrá que hacerse de la siguiente forma:

1.- El Testamento ante notarios competentes:  será competente el notario del lugar del domicilio del requirente.

El primer paso será presentar este testamento ológrafo. La persona que tenga en su poder este documento tendrá que presentarlo ante notario en el plazo de 5 años desde que tenga lugar el fallecimiento del testador. Pasado este plazo el notario no podrá iniciar el expediente. Por tanto, la presentación no puede hacerse a cualquier notario sino al llamado notario competente (que será considerado, el del lugar del último domicilio o residencia habitual del causante, o el del lugar donde estuviese la mayor parte de su patrimonio, o el del lugar en que hubiera fallecido, siempre que estuvieran en España, y a elección del solicitante).

2. Llamamiento a familiares o testigos y publicación de edictos:

Tras haberse presentado y estudiado el testamento ológrafo el notario requerirá a los que lo entregaron que comparezcan ante él en orden de sucesión.

La Ley prevé que en caso de que se ignore la identidad o el domicilio de alguno de ellos, el notario pueda publicarlo para dar con ellos.

Sin embargo, existe también la labor del genealogista sucesorio (poco conocida en España) quien se encarga de la búsqueda y localización de los herederos en paradero desconocido a través de la creación de un árbol genealógico, fuentes documentales, investigación de campo, entre otras. Una solución segura para los notarios que puede ayudar a desbloquear herencias que se quedan perdidas en el tiempo por la falta de uno o más herederos.

3.- Comparecencia ante el Notario:

Una vez que el notario localiza a los herederos y se les notifica el día y la hora señalados, comparecerán ante notario testigos y familiares que podrán realizar observaciones .

El notario abrirá el testamento ológrafo, y lo enseñará a esos testigos citados anteriormente.  El notario enseñará este testamento para que entonces lo puedan examinar. Serán necesarios al menos tres testigos idóneos que declaren que conocían la letra y firma del testador y que no tienen duda alguna de que es auténtico y que está escrito y firmado por él. En caso contrario, si el notario lo estima conveniente, podrá acordarse la práctica de una prueba pericial caligráfica.

4.- Finalización del expediente:

¿Qué pasa si los testigos no acreditan la autenticidad del testamento ológrafo?

Practicadas las actuaciones anteriores, si el notario no considera probada la autenticidad del testamento, se cerrará el acta de requerimiento haciendo constar esta circunstancia. En caso contrario, autorizará una nueva acta cuyo objeto será la protocolización del testamento ológrafo. En cualquiera de los dos casos, los interesados no conformes podrán ejercer sus derechos de forma judicial.

¿Y si el testamento era de un español en el extranjero?

El Código Civil también protege este tipo de documentos en el extranjero. Según el artículo 732 pfo.3º CC, los españoles podrán hacer testamento ológrafo, con arreglo al artículo 688, aun en los países cuyas leyes no admitan dicho testamento. El agente diplomático o consular en cuyo poder hubiese depositado su testamento ológrafo (o cerrado) un español, lo remitirá al Ministerio de Estado (hoy de Asuntos Exteriores) cuando fallezca el testador, con el certificado de defunción. Este Ministerio hará publicar en el (BOE) la noticia del fallecimiento, para que los herederos o aquellas personas que se sientan legítimas a heredar puedan recoger el testamento y gestionar su protocolización en la forma prevenida (artículo 736 CC).

En Grupo Hereda estamos alimentados en este tipo de herencias y testamentos y, si así lo requieren los herederos les ayudamos con toda la gestión y protocolización del proceso para que estos puedan disfrutar de su herencia, tal como lo quería el testador.

¿Quieres tramitar una herencia y estás ante un tipo de testamento escrito a mano? llámanos y te ayudaremos a recibir la herencia sin que tu te tengas que recuperar por requisitos o dolores de cabeza por su autenticidad.

Contacta con nosotros. 

Más entradas

casa heredada

¿Cómo puedo vender casa heredada?

En la vida, enfrentamos momentos de transición que pueden llevarnos a heredar propiedades, como una casa. Sin embargo, con la herencia viene la responsabilidad de

SOBRE NOSOTROS

BÚSQUEDA DE HEREDEROS