¿Cómo gestionar una herencia en Valencia?

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Para gestionar una herencia en Valencia: identifica la ley aplicable (Reglamento UE 650/2012), reúne certificados, apostilla y traduce documentos, determina notaría competente, liquida impuestos en cada jurisdicción y formaliza la aceptación y el registro de bienes. A continuación encontrarás pasos detallados, tabla de documentos/plazos y FAQ.


Si te preguntas “¿Cómo gestiono una herencia en Valencia?”, sigue estos pasos y revisa la tabla rápida.

Índice de contenidos

  • Pasos
  • Documentos y plazos
  • Impuestos
  • Adjudicación e inscripción
  • Preguntas frecuentes

Pasos

  1. Ley aplicable y testamento: residencia habitual del causante y, si procede, Reglamento (UE) 650/2012. Revisar testamento y professio iuris.
  2. Documentación: certificados (defunción, últimas voluntades), inventario, apostilla y traducciones juradas según país.
  3. Notaría y representación: notaría competente en España; poderes si se gestiona a distancia.
  4. Fiscalidad: ISD, posible plusvalía municipal por inmuebles en España, impuestos en otros países y convenios de doble imposición.
  5. Adjudicación e inscripción: escritura de aceptación/partición e inscripciones en los registros correspondientes.

Documentos y plazos

DocumentoQuién lo emiteDónde¿Apostilla/Traducción?Plazo orientativoCoste aprox.
Certificado de defunciónRegistro CivilPaís del fallecimientoSí, si es extranjero3–10 días10–30 €
Últimas voluntades / testamentoRGAUV / NotaríaEspañaApostilla + traducción si procede3–15 días20–60 €
Inventario de bienesEntidades / RegistrosCada paísSegún documento1–4 semanas
Apostilla de La HayaAutoridad competentePaís emisor1–10 días20–60 €
Traducción juradaTraductor jurado2–7 días0,08–0,15 €/pal.
Escritura aceptación/particiónNotaríaEspañaSegún anexos1–3 semanas300–1.200 €

Impuestos

  • ISD (España): depende de la CCAA.
  • Plusvalía municipal: si hay inmuebles urbanos en España.
  • País extranjero: impuesto sucesorio local y situación del causante/herederos.
  • Doble imposición: revisar convenios o reglas de imputación/exención.

Fuentes útiles:

Adjudicación e inscripción

  • Escritura de aceptación/partición con inventario y adjudicaciones.
  • Inscripción en registros (España y otros países si procede).
  • Representación a distancia: poderes y legalizaciones si corresponde.

Preguntas frecuentes

  1. ¿Cómo gestionar una herencia en Valencia?
    Identifica la ley aplicable (UE 650/2012), reúne certificados, legaliza y traduce, determina notaría, liquida impuestos en cada país y formaliza adjudicación e inscripción. Arriba tienes pasos y tabla de documentos/plazos.
  2. ¿Cómo gestiono una herencia en Valencia?
    Sigue estos pasos: ley aplicable → documentos (CSE, apostilla, traducciones) → notaría/representación → impuestos (España y país extranjero) → escritura e inscripciones.
  3. ¿Qué documentos necesito (CSE, apostilla, traducciones)?
    Certificados de defunción y últimas voluntades, inventario, apostilla y traducción jurada cuando sean documentos extranjeros.
  4. ¿Dónde pago impuestos si hay bienes en España y otro país?
    En España (ISD y plusvalía) y en el país del bien/causante según normativa y convenios de doble imposición.
  5. ¿Puedo gestionar todo a distancia?
    Sí, con poderes notariales y legalizaciones. La notaría competente suele aceptar actuación por representante.

Conclusión

Gestiona tu herencia en Valencia de manera rápida y segura con Grupo Hereda. Nuestros abogados expertos en herencias te ofrecen consulta gratuita y acompañamiento personalizado, asegurando que cada trámite se realice correctamente. Para evitar errores y agilizar el proceso, lo mejor es buscar ayuda profesional con Grupo Hereda.

Referencias jurídicas con links:

  1. Reglamento (UE) 650/2012 sobre jurisdicción, ley aplicable, reconocimiento y ejecución de decisiones y autenticación de documentos en materia sucesoria
  2. Ley 20/2011, de Registro Civil – normas sobre certificados de defunción y últimas voluntades:
  3. Ley 24/2001, del Notariado – regulación de notarías y poderes notariales a distancia
  4. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (AEAT) normativa de ISD en España y plazos para liquidación
  5. Ley 29/1987, Reguladora de Haciendas Locales sobre plusvalía municipal
  6. Convenios para evitar la doble imposición (AEAT) tratados entre España y otros países para sucesiones y herencias
  7. Ley Hipotecaria para la inscripción de bienes inmuebles en España tras la aceptación de herencias:
  8. BOE – Boletín Oficial del Estado – fuente oficial para todas las leyes y reglamentos mencionados:

GRUPO HEREDA

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