Para gestionar una herencia en Valencia: identifica la ley aplicable (Reglamento UE 650/2012), reúne certificados, apostilla y traduce documentos, determina notaría competente, liquida impuestos en cada jurisdicción y formaliza la aceptación y el registro de bienes. A continuación encontrarás pasos detallados, tabla de documentos/plazos y FAQ.
Si te preguntas “¿Cómo gestiono una herencia en Valencia?”, sigue estos pasos y revisa la tabla rápida.
Índice de contenidos
- Pasos
- Documentos y plazos
- Impuestos
- Adjudicación e inscripción
- Preguntas frecuentes
Pasos
- Ley aplicable y testamento: residencia habitual del causante y, si procede, Reglamento (UE) 650/2012. Revisar testamento y professio iuris.
- Documentación: certificados (defunción, últimas voluntades), inventario, apostilla y traducciones juradas según país.
- Notaría y representación: notaría competente en España; poderes si se gestiona a distancia.
- Fiscalidad: ISD, posible plusvalía municipal por inmuebles en España, impuestos en otros países y convenios de doble imposición.
- Adjudicación e inscripción: escritura de aceptación/partición e inscripciones en los registros correspondientes.
Documentos y plazos
Documento | Quién lo emite | Dónde | ¿Apostilla/Traducción? | Plazo orientativo | Coste aprox. |
---|---|---|---|---|---|
Certificado de defunción | Registro Civil | País del fallecimiento | Sí, si es extranjero | 3–10 días | 10–30 € |
Últimas voluntades / testamento | RGAUV / Notaría | España | Apostilla + traducción si procede | 3–15 días | 20–60 € |
Inventario de bienes | Entidades / Registros | Cada país | Según documento | 1–4 semanas | — |
Apostilla de La Haya | Autoridad competente | País emisor | — | 1–10 días | 20–60 € |
Traducción jurada | Traductor jurado | — | — | 2–7 días | 0,08–0,15 €/pal. |
Escritura aceptación/partición | Notaría | España | Según anexos | 1–3 semanas | 300–1.200 € |
Impuestos
- ISD (España): depende de la CCAA.
- Plusvalía municipal: si hay inmuebles urbanos en España.
- País extranjero: impuesto sucesorio local y situación del causante/herederos.
- Doble imposición: revisar convenios o reglas de imputación/exención.
Fuentes útiles:
Adjudicación e inscripción
- Escritura de aceptación/partición con inventario y adjudicaciones.
- Inscripción en registros (España y otros países si procede).
- Representación a distancia: poderes y legalizaciones si corresponde.
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo gestionar una herencia en Valencia?
Identifica la ley aplicable (UE 650/2012), reúne certificados, legaliza y traduce, determina notaría, liquida impuestos en cada país y formaliza adjudicación e inscripción. Arriba tienes pasos y tabla de documentos/plazos. - ¿Cómo gestiono una herencia en Valencia?
Sigue estos pasos: ley aplicable → documentos (CSE, apostilla, traducciones) → notaría/representación → impuestos (España y país extranjero) → escritura e inscripciones. - ¿Qué documentos necesito (CSE, apostilla, traducciones)?
Certificados de defunción y últimas voluntades, inventario, apostilla y traducción jurada cuando sean documentos extranjeros. - ¿Dónde pago impuestos si hay bienes en España y otro país?
En España (ISD y plusvalía) y en el país del bien/causante según normativa y convenios de doble imposición. - ¿Puedo gestionar todo a distancia?
Sí, con poderes notariales y legalizaciones. La notaría competente suele aceptar actuación por representante.
Conclusión
Gestiona tu herencia en Valencia de manera rápida y segura con Grupo Hereda. Nuestros abogados expertos en herencias te ofrecen consulta gratuita y acompañamiento personalizado, asegurando que cada trámite se realice correctamente. Para evitar errores y agilizar el proceso, lo mejor es buscar ayuda profesional con Grupo Hereda.
Referencias jurídicas con links:
- Reglamento (UE) 650/2012 – sobre jurisdicción, ley aplicable, reconocimiento y ejecución de decisiones y autenticación de documentos en materia sucesoria
- Ley 20/2011, de Registro Civil – normas sobre certificados de defunción y últimas voluntades:
- Ley 24/2001, del Notariado – regulación de notarías y poderes notariales a distancia
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (AEAT) – normativa de ISD en España y plazos para liquidación
- Ley 29/1987, Reguladora de Haciendas Locales – sobre plusvalía municipal
- Convenios para evitar la doble imposición (AEAT) – tratados entre España y otros países para sucesiones y herencias
- Ley Hipotecaria – para la inscripción de bienes inmuebles en España tras la aceptación de herencias:
- BOE – Boletín Oficial del Estado – fuente oficial para todas las leyes y reglamentos mencionados:
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