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title: "Herencias en Islas Baleares"
description: Guía completa sobre herencias y sucesiones en las Islas Baleares. Derecho civil balear, impuestos y particularidades de Mallorca, Menorca e Ibiza.
keywords:
  - "herencias Islas Baleares"
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  - "derecho civil balear"
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# Herencias en Islas Baleares

Las Islas Baleares cuentan con un **derecho civil propio** en materia de sucesiones, con diferencias significativas según la isla de vecindad civil (Mallorca, Menorca o Ibiza y Formentera). Fiscalmente, las bonificaciones han mejorado notablemente en los últimos años.

## Normativa aplicable

- **Derecho civil**: Compilación del Derecho Civil de las Islas Baleares (Decreto Legislativo 79/1990).
- **Derecho tributario**: normativa autonómica balear en materia de tributos cedidos.

## Principales ventajas fiscales

- **Bonificación del 99 %** en la cuota para Grupos I y II (cónyuge, descendientes y ascendientes).
- **Reducción por vivienda habitual**: del 99 % con límite y requisito de mantenimiento.
- **Reducción por empresa familiar**: del 95 % para transmisión de negocios y participaciones.
- **Reducción por bienes del patrimonio histórico**: para bienes declarados de interés cultural.

## Particularidades del derecho civil balear

- **Mallorca y Menorca**: legítima de un tercio o la mitad según el número de hijos; derecho de definición (renuncia anticipada a la legítima).
- **Ibiza y Formentera**: pactos sucesorios permitidos (espolits); sistema legitimario diferente.
- **Derecho de definición**: en Mallorca, los descendientes pueden renunciar a la legítima en vida del causante a cambio de una donación.
- **Fideicomiso**: regulación propia del fideicomiso en la Compilación balear.

## Plazos y presentación

- **Plazo**: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable por otros 6 meses.
- **Presentación**: ante la **Agència Tributària de les Illes Balears** (ATIB).

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