Para gestionar una herencia en Barcelona: identifica la ley aplicable, reúne certificados, apostilla y traduce documentos, determina la notaría competente, liquida impuestos y formaliza la adjudicación e inscripción. Abajo encontrarás un paso a paso, tabla de documentos/plazos y FAQ con recomendaciones profesionales.
Si te preguntas “¿Cómo gestionar una herencia en Barcelona?”, sigue estos pasos y revisa la tabla rápida.
Índice de contenidos:
- Pasos
- Documentos y plazos
- Impuestos
- Adjudicación e inscripción
- Preguntas frecuentes
Pasos
- Ley aplicable y testamento: residencia habitual del causante; revisar testamento y, si procede, Reglamento (UE) 650/2012.
- Documentación: certificados de defunción, últimas voluntades, inventario; apostilla y traducciones juradas según corresponda.
- Notaría y representación: notaría competente en Barcelona/exterior; poderes notariales si se gestiona a distancia.
- Fiscalidad: ISD, plusvalía municipal por inmuebles urbanos en Barcelona; impuestos en el país extranjero y convenios de doble imposición.
- Adjudicación e inscripción: escritura de aceptación/partición e inscripciones en los registros de Barcelona y otros países.
Documentos y plazos
| Documento | Quién lo emite | Dónde | ¿Apostilla/Traducción? | Plazo orientativo | Coste aprox. |
|---|---|---|---|---|---|
| Certificado de defunción | Registro Civil | País del fallecimiento | Sí, si es extranjero | 3–10 días | 10–30 € |
| Últimas voluntades / testamento | RGAUV / Notaría | España / país extranjero | Apostilla + traducción si procede | 3–15 días | 20–60 € |
| Inventario de bienes | Entidades / Registros | Cada país | Según documento | 1–4 semanas | — |
| Apostilla de La Haya | Autoridad competente | País emisor | — | 1–10 días | 20–60 € |
| Traducción jurada | Traductor jurado | — | — | 2–7 días | 0,08–0,15 €/palabra |
| Escritura aceptación/partición | Notaría | España / exterior | Según anexos | 1–3 semanas | 300–1.200 € |
Impuestos
- ISD (España): depende de la CCAA, aplicable en Cataluña.
- Plusvalía municipal: si hay inmuebles urbanos en Barcelona.
- País extranjero: impuesto sucesorio local y situación del causante/herederos.
- Doble imposición: revisar convenios o reglas de imputación/exención.
Fuentes útiles: AEAT, BOE, Reglamento (UE) 650/2012.
Adjudicación e inscripción
- Escritura de aceptación/partición con inventario y adjudicaciones.
- Inscripción en registros (Barcelona y país extranjero).
- Representación a distancia: poderes y legalizaciones si procede.
Preguntas frecuentes
- ¿Como gestionar una herencia en Barcelona?
Identifica ley aplicable, reúne certificados, legaliza y traduce, determina notaría, liquida impuestos y formaliza adjudicación e inscripción. Revisa los pasos y la tabla de documentos/plazos. - ¿Qué documentos necesito?
Certificados de defunción y últimas voluntades, inventario, apostilla y traducción jurada si son documentos extranjeros. - ¿Dónde pago impuestos?
En Barcelona (ISD y plusvalía) y en el país extranjero si hay bienes fuera de España. - ¿Puedo gestionar todo a distancia?
Sí, con poderes notariales y legalizaciones; la notaría acepta actuación por representante.
Conclusión
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Referencias jurídicas
- Código Civil Español (Herencias y Sucesiones) – Título III: De las sucesiones
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
- Reglamento (UE) n.º 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a las sucesiones internacionales
- Agencia Tributaria (AEAT) – Guía del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- Generalitat de Catalunya – Impost sobre Successions i Donacions
- Consejo General del Notariado – Herencias y testamentos
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