Herencias Conflictivas

Herencias Conflictivas

«En una ocasión un hombre se encontró una lampara mágica y por supuesto al frotarla salió un genio. Este, después de esperar a que el hombre se recuperara de la sorpresa, le dijo:
Gracias, por liberarme de la lampara. Por hacerme este favor, te concederé un deseo, pero piensa que de que me pidas le tengo que conceder el doble a tu enemigo.
El hombre se quedó largo rato meditando sobre la oferta……
Finalmente se dirigió al genio y le dijo: Ya sé lo que deseo. Déjame tuerto» 

Esto que puede parecer una exageración, es con lo que en muchas ocasiones las personas que nos dedicamos a mediar entre herederos, nos lo encontramos con frecuencia,

La principal misión de un abogado a la hora de intentar cerrar un acuerdo en materia de sucesiones  es descubrir y concretar los verdaderos intereses que las partes involucradas tienen con respecto a la misma. Puede ser que sólo quieran heredar la mayor cantidad de dinero posible, o puede ser que con tal de que un heredero no consiga su parte cuanto antes, debido a problemas personales entre ellos, se provoque un largo y costoso proceso judicial.

O, sencillamente, puede ser que las partes, confundan justicia con el principio de legalidad y jurisprudencia, es decir, que a pesar de que legalmente sólo les corresponde una parte, se consideran con derecho a heredar más por motivos personales en relación con el causante y el resto de herederos.

Es entonces cuando los profesionales debemos intentar comprender los motivos que llevan a todas las partes a no ponerse de acuerdo. Sólo descubriendo y entendiendo los motivos que llevan a una persona a querer más de lo que le corresponde o a no firmar a pesar de que está obligada legalmente a ello, podremos intenta convencer a las partes de que lo mejor es que firmen lo que legalmente les corresponde, a pesar de que sus problemas puedan ir en paralelo perfectamente.

Es decir, muchos clientes consideran que bajo la firma de un acuerdo se encuentra la cesión de sus razones para ir contra un determinado heredero, y tal cesión no tiene por qué producirse necesariamente. Aconsejamos en tal caso decir a los herederos que la firma de un acuerdo no supone, aunque desde luego sería deseable, poner fin al conflicto entre todos o parte de los herederos, sino que una cosa es firmar lo que a todos generalmente interesa, con el fin de no salir perjudicados económicamente, y otra distinta es la relación personal entre ellos, que puede seguir manteniendo la situación anterior a la firma del acuerdo.

Si Vd. se encuentra en una situación en la que no puede acceder a los bienes que le corresponden por discrepancias entre las partes, no dude en comentarnos su caso. Recuerde, hemos resulto muchas disputas y conseguido que se repartan herencias que de otra forma hubieran quedado yacentes en el tiempo. Y por supuesto si no conseguimos el objetivo pretendido no cobramos absolutamente nada. Es decir Vd. no pierde absolutamente nada por confiarnos su caso.

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